Cuando le dije a mi gestor que iba a coger el permiso de paternidad completo, se quedó un momento en silencio y luego me preguntó: «¿las 16 semanas enteras?» Con ese tono que tienen los gestores cuando creen que estás a punto de cometer un error financiero importante. «Sí», le dije. «Las 16 semanas.»
Porque resulta que para los autónomos, el permiso de paternidad existe, es de las mismas semanas que para los empleados, y muchos de nosotros ni lo sabemos del todo bien, o lo sabemos pero nos convencemos de que no podemos permitírnoslo. Este artículo va de lo primero: de entender exactamente qué tienes derecho a cobrar y cómo pedirlo. Al final también hablaremos de lo segundo, que es igual de importante.
¿Los autónomos tienen permiso de paternidad?
Sí. La misma reforma que equiparó los permisos de maternidad y paternidad en España (16 semanas para cada progenitor, intransferibles) aplica exactamente igual a los trabajadores autónomos afiliados al RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos).
Desde 2021, tanto la madre como el padre tienen derecho a 16 semanas de permiso. Las primeras 6 semanas son obligatorias e inmediatamente posteriores al nacimiento. Las 10 semanas restantes se pueden disfrutar de manera interrumpida hasta que el bebé cumple 12 meses, aunque en la práctica la mayoría las toma seguidas justo después de las primeras 6.
Esto aplica también en casos de adopción, acogimiento y familias monoparentales (donde un solo progenitor puede acumular ambos permisos).
Requisitos para poder solicitar el permiso como autónomo
Para tener derecho a la prestación económica por nacimiento y cuidado de menor, necesitas cumplir varios requisitos:
- Estar dado de alta en el RETA en el momento del nacimiento.
- Estar al corriente de pago de las cuotas a la Seguridad Social. Si tienes alguna cuota pendiente, la prestación puede denegarse. Revisa esto antes de solicitarla.
- Tener el período mínimo de cotización dependiendo de tu edad: si tienes menos de 21 años, no se exige período mínimo; entre 21 y 26 años, 90 días cotizados en los últimos 7 años o 180 días a lo largo de toda tu vida laboral; a partir de 26 años, 180 días en los últimos 7 años o 360 días cotizados en total.
- Si trabajas a través de una mutua colaboradora de la Seguridad Social (algo bastante común entre autónomos), la gestión puede hacerse a través de ella en lugar del INSS.
Una cosa importante: el hecho de tener cuotas domiciliadas no garantiza que estén al corriente. Comprueba tu situación en el sistema de la Seguridad Social antes del nacimiento para evitar sorpresas.
Cuánto cobras durante el permiso de paternidad
La prestación equivale al 100% de tu base reguladora. Aquí es donde muchos autónomos se llevan la primera sorpresa, porque la base reguladora se calcula de manera diferente a la de un empleado por cuenta ajena.
Para los autónomos, la base reguladora diaria se calcula dividiendo la base de cotización del mes anterior al hecho causante (el nacimiento) entre 30. Es decir: si tu base de cotización mensual es de 1.200€, tu base reguladora diaria es de 40€, y cobrarás 40€ al día durante las 16 semanas (112 días), lo que supone 4.480€ en total.
Esto significa que, si llevas años cotizando por la base mínima (que en 2025 es de 950,98€ mensuales para la cuota de tarifa plana/base mínima), recibirás aproximadamente esa cantidad mensual durante el permiso. No es una cifra enorme, pero es algo.
Si en algún momento de tu trayectoria como autónomo optaste por cotizar por bases más altas (algo que conviene hacer pensando precisamente en situaciones como esta), la prestación será proporcionalmente mayor.
Un apunte importante: durante el permiso de paternidad, también estás exonerado del pago de la cuota de autónomo. Eso significa que no tienes que seguir pagando tu cuota a la Seguridad Social durante esas 16 semanas, lo que supone un alivio económico adicional. La exoneración es automática al solicitar la prestación.
Cómo solicitar el permiso de paternidad siendo autónomo
El proceso es algo más burocrático que para los trabajadores por cuenta ajena, pero es perfectamente manejable. Estos son los pasos generales:
1. Identifica si tu mutua gestiona la prestación o si debes ir al INSS. Si como autónomo tienes la contingencia por incapacidad temporal cubierta con una mutua colaboradora (algo muy común), lo más probable es que sea ella quien gestione también la prestación por nacimiento y cuidado de menor. Consúltalo con tu mutua o con tu gestor.
2. Reúne la documentación necesaria. Generalmente necesitarás:
- DNI o NIE en vigor
- Libro de familia o certificado de nacimiento del bebé
- Certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social (puedes obtenerlo en sede electrónica)
- Formulario de solicitud de la prestación (disponible en la web del INSS o de tu mutua)
- Número de cuenta bancaria donde recibir el pago
3. Presenta la solicitud. Puedes hacerlo de manera telemática a través de la sede electrónica de la Seguridad Social (necesitarás certificado digital, DNI electrónico o cl@ve) o presencialmente en tu mutua o en el INSS. La solicitud puede presentarse desde el momento del nacimiento hasta que el bebé cumpla 12 meses.
4. Espera la resolución. El INSS tiene un plazo de resolución de 30 días hábiles, aunque en la práctica suele resolverse antes. La prestación se paga de manera mensual directamente en tu cuenta.
Mi recomendación práctica: no dejes la solicitud para el último momento. Prepara la documentación durante el último mes de embarazo, cuando todavía tienes cabeza para ello. Después del nacimiento, lo último que vas a querer es pelearte con la burocracia.
Cómo gestionar tu negocio durante las 16 semanas
Esta es la pregunta que más preocupa a los autónomos y la que más dificulta que se cojan el permiso completo. ¿Qué pasa con mis clientes? ¿Quién lleva el trabajo? ¿Puedo seguir facturando?
Primero, la parte legal: durante el permiso de paternidad, no puedes ejercer tu actividad profesional. La prestación es incompatible con trabajar. Esto es lo que dice la norma. En la práctica, hay muchos autónomos que gestionan emails o atienden alguna llamada urgente durante el permiso, pero técnicamente no deberías hacerlo.
Dicho esto, hay opciones para gestionar la continuidad de tu negocio durante ese período:
Contratar a alguien temporalmente. Puedes contratar a una persona durante las semanas de tu permiso para que lleve parte de tu actividad. Los autónomos pueden tener trabajadores a su cargo.
Un familiar como autónomo colaborador. Si un familiar trabaja contigo o puede hacerlo, la figura del autónomo colaborador (cónyuge, pareja de hecho o familiar hasta segundo grado de consanguinidad) permite que cubra tu actividad durante tu ausencia, cotizando como colaborador familiar.
Derivar trabajo a colegas o freelances. Si tu actividad lo permite, puedes llegar a acuerdos con otros profesionales de confianza para que asuman ciertos proyectos o clientes durante tu ausencia.
Anticipar y gestionar expectativas con los clientes. Esta es probablemente la parte más importante. Habla con tus clientes con tiempo. La mayoría de clientes comprenden perfectamente un período de paternidad. Lo que no comprenden bien es enterarse en el último momento. Planifica qué proyectos puedes terminar antes, qué plazos hay que renegociar y quién puede ser tu contacto alternativo si surge algo urgente.
Facturación anticipada. En la medida de lo posible, intenta cobrar proyectos antes de tu fecha de inicio del permiso. La prestación cubre una parte de tus ingresos habituales, pero si puedes cerrar y cobrar trabajo por adelantado, mejor.
La decisión real: ¿te lo puedes permitir?
Llegamos a la parte que muchos artículos sobre este tema esquivan. Porque la pregunta que se hace la mayoría de autónomos no es «cómo lo pido» sino «¿puedo realmente cogerlo?»
Y la respuesta honesta es: depende, pero muchos autónomos que creen que no pueden, sí pueden. O al menos, pueden coger más semanas de las que creen.
El miedo principal es la pérdida de ingresos. Y es legítimo. Un autónomo que factura 2.500€ al mes y cobra 950€ de prestación durante 4 meses está dejando de ingresar aproximadamente 6.200€ brutos durante ese período. Eso es real y hay que planificarlo.
Pero también hay que plantearse lo contrario: ¿qué pierdes si no lo coges? Los primeros meses con tu hijo o hija no vuelven. La presencia y el vínculo que construyes en ese período tiene un valor que no aparece en ninguna factura. Y muchos autónomos que han cogido el permiso completo reconocen que fue una de las mejores decisiones de su vida, también desde el punto de vista de lo que significó para la relación con su pareja y para su propia salud mental.
Mi consejo práctico: haz los números reales. Calcula cuánto cobrarías de prestación (más la exoneración de cuota), revisa qué gastos puedes reducir temporalmente, analiza qué trabajo puedes facturar por adelantado, y ve semana a semana. No tomes la decisión de no cogerlo basándote en el miedo genérico, sino en números concretos.
Últimas cosas a saber antes de solicitarlo
- Las primeras 6 semanas son obligatorias e ininterrumpidas justo después del nacimiento. Las 10 restantes pueden disfrutarse de manera interrumpida antes del primer cumpleaños del bebé.
- Puedes disfrutar el permiso a tiempo parcial (50%, 75%) si lo acuerdas con la Seguridad Social, lo que te permite compaginar algo de actividad con el permiso. Esta modalidad tiene sus complejidades; consúltala con tu gestor.
- Si adoptas o te conceden la acogida de un menor, el permiso funciona de manera similar al de nacimiento biológico.
- En caso de familia monoparental (incluida la adopción por una sola persona), el progenitor único puede sumar ambos permisos (hasta 32 semanas). Consulta la normativa vigente en el momento de tu caso.
- Si tienes dudas sobre tu situación específica, un gestor o asesor laboral especializado en autónomos puede orientarte mucho mejor que cualquier artículo general, porque cada caso tiene sus particularidades.
Preguntas frecuentes sobre el permiso de paternidad para autónomos
¿Cuánto cobra un autónomo durante el permiso de paternidad en 2025?
La prestación por nacimiento y cuidado de menor equivale al 100% de la base reguladora diaria, que se calcula dividiendo tu base de cotización del mes anterior al nacimiento entre 30. Si cotizas por la base mínima del RETA (alrededor de 950€ mensuales en 2025), cobrarás aproximadamente esa cantidad al mes durante las 16 semanas. Además, durante el permiso estás exonerado del pago de la cuota de autónomo, lo que supone un ahorro adicional de varios cientos de euros al mes.
¿Puede un autónomo trabajar durante el permiso de paternidad?
Legalmente, no. La prestación por nacimiento y cuidado de menor es incompatible con el ejercicio de la actividad profesional. Durante el permiso, debes estar en situación de alta en el RETA pero sin ejercer actividad. Si la Seguridad Social detecta que has estado trabajando durante el permiso, puede reclamarte las prestaciones cobradas. Lo que sí puedes hacer es planificar la gestión de tu negocio mediante un familiar colaborador, un empleado temporal o derivando trabajo a otros profesionales.
¿Qué pasa si tengo cuotas de autónomo sin pagar cuando nace mi hijo?
El requisito de estar al corriente de pago con la Seguridad Social es fundamental para acceder a la prestación. Si tienes cuotas pendientes en el momento de la solicitud, esta puede ser denegada. Sin embargo, la Seguridad Social tiene un mecanismo de «invitación al pago» que te da un plazo para regularizar tu situación. Si sabes que tienes deudas pendientes, consulta con la Seguridad Social o con tu gestor con tiempo suficiente antes del nacimiento para intentar regularizarlas.
¿Dónde se tramita el permiso de paternidad si soy autónomo?
Depende de cómo tengas cubiertas tus contingencias. Si como autónomo tienes la incapacidad temporal cubierta con una mutua colaboradora (que es lo más habitual), la prestación por nacimiento y cuidado de menor también se gestiona normalmente a través de ella. Si no tienes mutua o tienes dudas, puedes tramitarla directamente con el INSS. La solicitud puede hacerse de manera telemática a través de la sede electrónica de la Seguridad Social con certificado digital o cl@ve, o presencialmente en las oficinas del INSS.